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Almacenaje

De conformidad con el último ajuste al pago de derechos de almacenaje acordados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de la Ley Federal de Derechos y la Ley Aduanera en vigor, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de Noviembre de 2009, estas tarifas entran en vigor a partir del 1ero de Enero de 2010, de acuerdo al Articulo Primero Transitorio de la Ley Federal de Derechos.

Contenedores de 20 y 40 pies

ConceptoPor cada 500 kilogramos o fracción bajo techo
Diarios
Por cada 500 kilogramos o fracción a intemperie
Diarios
a) Los primeros quince días naturales8.614.30
b) Los siguientes treinta días naturales16.798.40
c) El tiempo que transcurra después de vencido el plazo señalado en el inciso anterior27.2013.60
Los equipajes o efectos personales de pasajeros, por cada cien kilogramos o fracción diariamente 13.98


Estas tarifas se aplicarán después de vencidos los plazos de almacenamiento gratuito de las mercancías establecidos en la Ley Federal de Derechos.

Última actualización el Jueves, 05 de Agosto de 2010 04:11
 
Edificio API Tampico s/n, Zona Centro, Tampico, Tamaulipas, C.P. 89000, MÉXICO. Tel: +52 (833)241 1400

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