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Maniobras

De conformidad con el Oficio No. 7.3.-2211.10 de fecha 1º de junio de 2010 y girado al Gremio Unido de Alijadores por la Dirección General de Puertos, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

I. Desembarque/Embarque

Concepto Cuota $
De bodega de buque a area de almacenamiento o viceversa Cuotas por cada mil kilogramos de carga general
Fraccionada en unidades hasta 51 kgs., excepto productos ensacados 152.40
Fraccionada, en unidades de más de 51 a 2,000 kgs., excepto productos ensacados 121.92
Unitizada o paletizada 93.05
Cuotas por tonelada de maquinaria y unidades de mas de dos mil kilogramos
De 2,001 a 5,000 kgs. 141.92
De 5,001 a 15,000 kgs. 213.10
De 15,001 kgs. en adelante 273.83
Cuotas por unidad
Automóviles y camionetas, por tracción propia 104.53
Camiones, tractocamiones y otros, por tracción propia 144.63
Cuotas especiales por tonelada
Chatarra 58.43
Tubos de acero 156.07
Saquería (azúcar, frijol, garbanzo, etc.) no paletizada 135.09
Bobinas, placas de acero en rollos y similares, con peso superior a 5 toneladas 59.35
Lingotes de hierro, fierro y similares (ferroaleaciones) 82.14


II. Entrega/recepción

Concepto Cuota $
De area de almacenamiento a vehiculo de transporte terrestre o viceversa.
Cuotas por cada mil kilogramos de carga general
Fraccionada en unidades hasta 51 kgs., excepto productos ensacados 49.75
Fraccionada, en unidades de más de 51 a 2,000 kgs., excepto productos ensacados 39.78
Unitizada y paletizada en unidades hasta de 2,000 kgs. 32.36
Cuotas por tonelada de maquinaria y unidades de mas de dos mil kilogramos
De 2,001 a 5,000 kgs. 48.77
De 5,001 a 15,000 kgs. 73.06
De 15,001 kgs. en adelante 96.47
Cuotas por unidad
Automóviles y camionetas, por tracción propia 31.35
Camiones, tractocamiones y otros, por tracción propia 43.25
Cuotas especiales por tonelada
Chatarra 31.35
Tubos de acero 62.18
Saquería (azúcar, frijol, garbanzo, etc.) no paletizada 50.24
Bobinas, placas de acero en rollos y similares, con peso superior a 5 toneladas 29.86
Minerales y fertilizantes a granel, con cargador frontal 29.86
Lingotes de hierro, fierro y similares (ferroaleaciones) 29.86


III. Maniobras integradas

Concepto Cuota $
De bodega a vehiculo de transporte terrestre, (en su caso deposito), o viceversa.
Cuotas por cada mil kilogramos de productos agricolas a granel
Frijol, maíz, trigo, sorgo, soya y similares 75.70
Semilla de nabo 83.12
Semillas de girasol, de algodón y similares 90.66
Pastas y similares 105.58
Cuotas por cada mil kilogramos de productos minerales y fertilizantes a granel
Pesados (concentrados y similares) 103.67
Ligeros no compactables (nitrato de amonio y similares) 105.58


Se aprueba la cuota de $65.42 ya incluidas las actividades relativas al denominado mantenimiento ecológico comprometido con la SEDUE, aplicable tanto en el muelle de metales y minerales como en las demás áreas del puerto en donde las condiciones de operación y productividad sean similares, con un horario de las 08:00 a las 18:00 horas en entrega/recepción y de las 8:00 a las 24:00 horas en embarque/desembarque. De laborarse las 24 horas del día por autorización de la autoridad competente y porque así lo solicite el usuario, la cuota aplicable será de $72.92 por todo el ciclo de operación.

Cuotas especiales por tonelada de los siguientes productos
Azúcar mascabado a granel 75.70
Chatarra 58.43
Lingotes de hierro, fierro y similares 103.67
Pellets, mineral de hierro 57.02
Rollo de alambrón 86.39
Saquería (azúcar, frijol, garbanzo, etc.) no paletizada 135.09
Tubos en atados 78.82


Última actualización el Miércoles, 23 de Febrero de 2011 05:33
 
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